La polémica está servida. Los políticos, en este caso del PP, prendieron la mecha, una vez más como cortafuegos , para intentar salvar a los suyos, abrasados por las llamas de la Gürtel. Los tertulianos no dan abasto a la hora de pontificar. Los policías que trabajan a pie de obra están indignados al constatar que hay quien no tiene reparos en pisotear su dignidad, olvidando que ellos trabajan con la misma profesionalidad, gobiernen tirios o troyanos.
Los choros -delincuentes, en el argot policial-, encantados. «Últimamente hablan más de Sitel que de sus propios negocios», comenta un policía experto en la lucha contra la delincuencia organizada. Los juristas serios están escandalizados de la frivolidad con la que se está tratando el tema. He aquí las cuestiones de fondo que han salido a la luz al hilo de esta polémica y las respuestas recabadas en distintas fuentes.
-¿Es o puede ser Sitel un ataque contra el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones?
-No. Solo es un sistema técnico informático que recoge y procesa aquellas comunicaciones que se efectúan a través de los medios telefónicos y telemáticos intervenidos por orden judicial.
-¿En que se diferencia de los sistemas tradicionales?
-En que permiten procesar toda la información que generara una intervención telefónica autorizada judicialmente. Antes los investigadores solo tenían acceso a la conversación. Ahora, además de eso, les llega: posición geográfica aproximada de los interlocutores, titularidad de los teléfonos que intervienen en la conversación, mensajes cortos (SMS), correos electrónicos, llamadas perdidas, etcétera.
-¿Qué cobertura jurídica tiene este sistema de intervenciones telefónicas?
-La suficiente, a juicio de los juristas consultados por La Voz, que remiten a la Ley 25/2007 de conservación de los datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, que matizó la Ley de Telecomunicaciones de 2003 e incorpora lo esencial del real decreto de 2002, impugnado por la Asociación de Internautas. Estas mismas fuentes aclaran que el problema radica en «la regulación muy deficiente de las intervenciones telefónicas en la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esto es así con el sistema Sitel o con cualquier otro y es lo que ha dado pie a reproches, que no son vinculantes, del Tribunal de Estrasburgo (en el caso de Sito Miñanco) y del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
-¿Cómo se han solventado hasta la fecha esas carencias legislativas?
-Una vez más, a golpe de jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional. A partir del caso Naseiro, se ha ido construyendo un protocolo de normas exigibles para dar por válidas unas escuchas telefónicas y ha cubierto, en buena medida, ese vacío legal.
-¿Es preceptiva una regulación del sistema Sitel por ley orgánica?
-El Supremo ya se pronunció al respeto y dejó claro que no.
-¿Qué interés tiene para las investigaciones criminales esa información adicional que procesa el sistema Sitel?
-Fue lo que permitió reconstruir los pasos de la trama asturiana del 11-M y llegar a la detención de los principales implicados en los atentados de Madrid. Entonces fue posible gracias a la excelente colaboración con la Justicia de la operadora a la que pertenecían las tarjetas telefónicas, que puso inmediatamente a disposición de la policía los datos almacenados, no las conversaciones.
-¿Sitel permite pinchar llamadas sin intervención judicial?
-No, porque la llave que permite abrir el grifo que deja fluir hasta Sitel la información desde los sistemas de las operadoras de telecomunicaciones la tienen las propias operadoras y estas solo actúan ante una orden judicial.
-¿Es manipulable la información que entra en Sitel?
-Los expertos aseguran que es un sistema más garantista que todos los anteriores.
Jilio A. Fariñas - La Voz de Galicia
Related Articles
No user responded in this post